Provincia de Santa Fe
28/Ene/2026 - 10:27:42 AM
**Resolución Normativa (API) 8/26 (Copia Oficial)**
La Administración Provincial de Impuestos dispuso los requisitos que deben cumplir los contribuyentes que opten por el pago total anual del Impuesto Inmobiliario, de la Patente Única sobre Vehículos y del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación para obtener el descuento del treinta y cinco por ciento (35 %).
El artículo 74 de la Ley N° 14.426 dispone una bonificación consistente en un descuento del treinta y cinco por ciento (35%) para los contribuyentes que opten por el pago total anual del Impuesto Inmobiliario, de la Patente Única sobre Vehículos y del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación a partir del período fiscal 2026.