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Procedimiento Tributario

25/Sep/2025 - 11:39:05 AM

Fijan el Tope a Partir del Cual las Cooperativas con Actividad Financiera Deben Informar las Operaciones al ARCA

**Resolución General (ARCA) 5763/25 (BO 25/09/25)**
La Agencia de Recaudación (ARCA) modificó a Resolución General N° 3.688 que estableció un régimen de información aplicable a las cooperativas y mutuales que realicen o que intervengan en operaciones de crédito, ahorro de asociados, otorgamiento, gestión o administración de préstamos, con fondos propios o de terceros a fin de aumentar el tope a partir de los cuales se deberá cumplir con el régimen de información.

El organismo determinó que a partir de ahora estas entidades solo deberán informar operaciones financieras y aportes de asociados cuando la suma de los montos supere los $ 1.600.000 por sujeto. Cabe recordar que anteriormente, debían informar cuando la sumatoria mensual superaba los $10.000.

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