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Provincia De Córdoba

11/Sep/2025 - 12:02:30 PM

La IPJ Permite el Uso de Firmas Digitales Junto a las Escritas en sus Documentos

**Resolución General (IPJ) 49/25 - Letra:T (BO 11/09/25)**

La Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de la provincia admite la posibilidad de que se presenten ante dicho organismo documentos en los que algunos intervinientes puedan suscribir de manera ológrafa, en tanto otros puedan hacerlo mediante firma digital, todo ello, preservando los mecanismos de seguridad de ambas formas.

A tales fines modifico las Resoluciones Generales 50 “T” / 2021 y 3 “T” / 2023. La Resolución General 50 “T”/2021, establece en su art. 3, que solo admite documentación que contenga la totalidad de firmas realizadas en forma ológrafa, o en su caso, dando cumplimiento al procedimiento previsto por la Ley de Firma Digital, de modo tal que no admite un documento en donde coexistan firmas ológrafas y firmas digitales. Por su parte, la Resolución General 3 “T” / 2023, contiene en su art. 3 una disposición similar a la reseñada en el párrafo anterior.

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