Ciudad de Buenos Aires
14/May/2025 - 11:40:18 AM
**Resolución (AGIP) 193/25 (Copia Oficial)**
La Agencia de Recaudación AGIP reglamento el artículo 181 del Código Fiscal vigente por el que se establece que el Ministerio de Hacienda y Finanzas aplicará una bonificación de hasta el 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes con discapacidad inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Recordamos que por medio del artículo 10 de la Resolución N° 194-MHFGC/25 se fija en el cincuenta por ciento (50%) de cada cuota, la bonificación para los contribuyentes con discapacidad inscriptos en la Categoría Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme los términos del artículo 181 del Código Fiscal vigente;