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Convenio Multilateral

19/Feb/2025 - 11:44:21 AM

Nuevo Criterio para Atribuir los Gastos de Telecomunicaciones

**Resolución (CA) 1/25 (BO 19/02/25)**
la Comisión Arbitral fijó un nuevo criterio para la atribución de gastos de telecomunicaciones (servicios de internet, llamadas telefónicas, servicio de datos móviles y otros similares) cuando estos superan el 10% del total de gastos computables del período.

El artículo 4° del Convenio Multilateral establece que un gasto se entenderá como efectivamente soportado en una jurisdicción, con prescindencia de su computabilidad o no a los fines de la confección del referido coeficiente, cuando tenga una relación directa con la actividad que se desarrolla en la misma, aun cuando la erogación que el mismo represente se efectúe en otra; y que los gastos que no puedan ser atribuidos con certeza, se deberán distribuir en la misma proporción que los demás, siempre que sean de escasa significación, y, en caso contrario, se deberán distribuir mediante una estimación razonablemente fundada.

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