Impuestos Nacionales
01/Ago/2024 - 10:18:31 AM
**Decreto (PEN) 681/24 (BO 01/08/24)**
El Gobierno Nacional postergo al 1° de septiembre de 2024, los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos sobre los combustibles líquidos, derivados de las actualizaciones correspondientes al cuarto trimestre calendario del año 2023 y al primer trimestre calendario del año 2024, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, conforme a un cronograma, cuyo último tramo resultaría aplicable a partir del 1° de Agosto de 2024, inclusive.
Recordamos que a través de diferentes normas se han ido difiriendo sucesivamente, hasta diversas fechas, los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos fijados en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del artículo 7°, ambos del Capítulo I, y en el primer párrafo del artículo 11 del Capítulo II, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, resultantes de las actualizaciones pertinentes, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501/18, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.