Impuestos Nacionales
04/Sep/2023 - 1:42:21 AM
**Resolución (SE) 714/2023 (BO 04/09/23)**
La Secretaría de Energía estableció que el pago del impuesto previsto en el Inciso a) del Artículo 35 de la Ley N° 27.541 no resultará de aplicación a la importación de bienes con destino a obras vinculadas a la generación de energía eléctrica, cuyos interesados cuenten con financiación del exterior para efectuar el pago de sus importaciones.
La medida te toma en el marco de la ley N° 24.065 que tiene entre sus objetivos asegurar el suministro de energía eléctrica de largo plazo e incentivar el abastecimiento y uso eficiente de dicha energía, fijando metodologías tarifarias apropiadas para garantizar el abastecimiento eléctrico en condiciones de seguridad al mínimo costo posible para el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) y para los usuarios finales en particular.