Procedimiento Tributario
01/Sep/2021 - 9:54:45 AM
**Resolución General (AFIP) 5063/21 (BO 01/09/21)**
La AFIP derogó la Resolución General N° 4.700 que estableció, con carácter de excepción, un plazo adicional al previsto en el artículo 4° de la Resolución General N° 2.513, a fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de la obligación de comunicación en los supuestos de reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.
La media se toma atento al restablecimiento de los servicios necesarios a ser cumplidos por los sujetos obligados a efectuar la mencionada comunicación a este Organismo.