Provincia de Córdoba
29/May/2019 - 9:52:40 AM
**Resolución Normativa N° 42/19 (BO 29/05/19)**
La Dirección General de Rentas de la Provincia dispuso que se sean de aplicación, para poder cancelar acreencias no tributarias y todo otro recurso cuya administración y/o recaudación esté a cargo de dicho organismo, las mismas modalidades de pagos existentes para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La Dirección General de Rentas ofrece a los contribuyentes, -a los fines de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de una manera ágil, práctica y segura- una amplia diversidad en las modalidades de pago posibles, las cuales se actualizan por la presente en el detalle del Anexo II de la RN 01/17