Comercio Exterior
04/Sep/2018 - 8:35:40 AM
**Decreto (AFIP) 793/2018 (BO 04/09/18)**
El Poder Ejecutivo fijo, hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho de exportación del 12% a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM).
El derecho de exportación no podrá exceder de $ 4 por cada Dólar Estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda, salvo para ciertos casos en que ese límite será de PESOS TRES $ 3 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB.