Procedimiento Tributario
05/Jul/2018 - 9:43:04 AM
**Resolución General (AFIP) 4272/18 (BO 05/07/18)**
La AFIP fijo entre los días 10 al 20 de julio de 2018, ambas fechas inclusive, el período a que hace referencia la Resolución General N° 1.983, que estableció que durante determinados períodos del año no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes, ante el fisco, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
El carácter de agencia tributaria única que reviste el Organismo y la necesidad de compatibilizar la medida en trato con una adecuada administración de los procedimientos y sistemas vigentes, tornan necesario disponer un período uniforme de suspensión de plazos, aplicable en todas las dependencias del país.