Apoyo al Capital Emprendedor.
03/Jul/2018 - 8:43:27 AM
**Resolución General (AFIP) 4269/18 (BO 03/07/18)**
La AFIP prorrogo hasta el 31/07/18, el plazo para rectificar las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias de los períodos fiscales 2016 y/o 2017 a fin de incorporar la deducción de los aportes en capital emprendedor.
Mediante el Artículo 7° de la resolución general ° 4.193-E se previó la posibilidad de que los inversores que hubieran realizado dichos aportes entre el 1 de julio de 2016 y el 7 de noviembre de 2017, y obtenido el beneficio fiscal en los términos del Artículo 11 de la Resolución N° 606-E/2017 (SEPyME), pudieran rectificar las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias de los períodos fiscales 2016 y/o 2017 hasta el 31 de mayo de 2018, a efectos de incorporar la respectiva deducción.