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Pequeñas y Mediantes Empresas

28/Mar/2018 - 9:03:17 AM

Apoyo al Capital Emprendedor - Prorroga

**Resolución (SEPYME) 86/2018 (BO 28/03/18)**

La Secretaria de la Pequeña Mediana Empresa modifico la resolución 606/17 que estableció el procedimiento, requisitos y demás condiciones necesarias para que el inversor en capital emprendedor acceda al beneficio fiscal previsto en el Artículo 7° de la Ley N° 27.349 por la que se establece un tratamiento impositivo especial para los aportes de inversión en capital emprendedor, consistente en la posibilidad de deducirlos en la determinación del Impuesto a las Ganancias.


La Resolución N° 606/17 dispone que para acceder al beneficio fiscal establecido en el Artículo 7º de la citada Ley es necesaria la previa obtención de la inscripción del Inversor en Capital Emprendedor y, de corresponder, de la Institución de Capital Emprendedor en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (R.I.C.E.). El Artículo 8° estableció su vigencia a partir del décimo día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el día 9 de febrero de 2018.

 

A efectos de facilitar el acceso al beneficio fiscal dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 27.349, corresponde modificar el Artículo 11 de la Resolución N° 606/17 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, adecuando los plazos allí previstos.


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