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Municipalidad de Córdoba

16/Ene/2018 - 9:20:53 AM

Comercio e Industria - Régimen Simplificado

**Resolución General 46/17**

La Dirección de Recursos Tributarios de la Municipalidad de Córdoba reglamento el art 263del CTM y el art 18 bis de la lOrdenanza Impositiva 2018, que crean el “Régimen Simplificado Municipal” para los contribuyentes que, entre otros requisitos, se encuentren adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo Nacional) encuadrados en las categorías A o B.


El Art. 18° bis de la Ordenanza tributaria 2018 dispone que: PODRÁN estar sujetos al “Régimen Simplificado Municipal” los contribuyentes que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:

 

a) Encontrarse adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo Nacional) y encuadrado en las categorías A o B.

 

b) Desarrollar su actividad sin estar constituido como persona jurídica.

 

c) No poseer empleados, sucursales activas ni otro local habilitado.

 

d) No ser contribuyente que tribute bajo las normas de Convenio Multilateral Interprovincial y/o

 

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