Provincia De Córdoba
30/Ene/2026 - 10:54:38 AM
**Resolución (ME) 2/26 (BO 30/01/26)**
El Ministerio de Economía de la Provincia efectuó un replanteo integral de aquellas normativas que utilizan la valuación fiscal o la base imponible del Impuesto Inmobiliario como único y/o principal elemento objetivo para cuantificar honorarios, aranceles o retribuciones, en tanto dichos parámetros pueden producir distorsiones significativas frente a procesos de revalúo.
A tal efecto, se estima adecuado establecer como valor de referencia para la anualidad 2026 la base imponible del Impuesto Inmobiliario correspondiente al período fiscal 2025, incrementada en el mismo porcentaje que la Ley Impositiva establece como tope máximo de incremento del Impuesto Inmobiliario, conforme lo dispuesto en el artículo pertinente de la Ley Impositiva N° 11.090, evitando de este modo incrementos desproporcionados en las retribuciones derivados exclusivamente de revalúos.