Convenio Multilateral
02/Oct/2025 - 11:17:50 AM
**Resolución (CA) 16/25 (BO 02/10/25)**
La Comisión Arbitral modificó el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y Plenaria, estableciendo un procedimiento especial para aclarar algún concepto oscuro de las relaciones sin alterar lo sustancial de la decisión, con el fin de otorgar una mayor certeza sobre el alcance de sus normas y facilitar el cumplimento de las mismas.
Conforme a las facultades establecidas en el artículo 24 inciso c) del Convenio Multilateral, será la Comisión Arbitral quien resuelva las peticiones respecto a situaciones o planteos no previstos en el reglamento procesal, pudiendo remitirse a tales fines a los institutos establecidos en el CPCyCN.