Seguridad Social
25/Jul/2025 - 10:09:04 AM
**Disposición (GCP) 8/25 (BO 25/07/25)**
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo modificó la Resolución 86/2019, que aprobó el “Procedimiento para liquidar, intimar y certificar créditos por cuotas omitidas al Fondo de Garantía de la Ley sobre Riesgos del Trabajo”, a fin de incluir la opción de enviar las Intimaciones de Pago se a través del Sistema de Ventanilla Electrónica de ARCA.
La Subgerencia de Control de Entidades propuso sustituir el artículo 4° del Punto A del Anexo I aprobado mediante la Resolución S.R.T. N° 86/19, con el objeto de prescindir del envío postal complementario para aquellos casos que superen el monto mínimo para emitir Certificados de Deuda, entendiendo que “(…) el envío postal complementario es una cuestión accesoria, toda vez que la notificación se cumple por Ventanilla Electrónica (requisito fundamental de la Norma bajo análisis) y con este, se notifica y constituye en mora, quedando el empleador habilitado a oponer su defensa. Por otro lado, a los efectos de hacer entrega de los títulos ejecutivos a los abogados apoderados de la Superintendencia, se incorpora al expediente la constancia de notificación de la Intimación de Pago realizada a través de la Ventanilla Electrónica de Empleadores.