Procedimiento Tributario
28/Ene/2025 - 10:17:17 AM
**Resolución General (ARCA) 5643/25 (BO 27/01/25 - Suplemento) **
La Agencia de Recaudación ARCA, reglamento el Decreto N° 38 del 25 de enero de 2025, se fijó la alícuota al cero por ciento del derecho de exportación para las distintas cadenas de las economías regionales y productos con diferentes niveles de elaboración y se redujo temporalmente la alícuota de exportación para la soja, el trigo, el maíz, la harina, la cebada y el girasol, entre otros cultivos.
El mencionado decreto dispone que los sujetos que exporten las mercaderías que se encuentren comprendidas en las previsiones de la Ley N° 21.453 y sus modificaciones, podrán acceder a la alícuota reducida, en la medida que, adhiriendo a dicho beneficio a través de los mecanismos que a tal efecto establezca esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero, liquiden al menos el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de las divisas respecto de esas mercaderías en tanto se vinculen con registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), dentro de los QUINCE (15) días hábiles de efectuada dicha declaración.