Provincia de CORDOBA
04/Oct/2024 - 12:10:18 PM
** Resolución General (IPJ)N° 51 - Letra:T (BO 04/10/24)**
La Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia dispuso que al momento de solicitar la autorización para funcionar y/o la inscripción de asamblea o reunión en la que traten elección o designación de autoridades, las Asociaciones Civiles y Fundaciones, cuyo objeto social se encuentre comprendido en la Ley N° 27.350, de investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis deberán presentar Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.
La Resolución N° 800/2021 del Ministerio de Salud de la Nación, por la que se aprueba el Sistema de Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) establece los requisitos que deben cumplimentar las Asociaciones Civiles y Fundaciones para inscribirse en el REPROCANN, entre los cuales se destaca que se deben encontrar debidamente inscriptas como personas jurídicas y que los miembros que integren la Comisión Directiva o el Consejo de Administración no deben poseer antecedentes penales vinculados “a un delito relativo al uso de estupefacientes o sustancias prohibidas o el uso indebido del cannabis medicinal.”