Seguridad Social
17/Nov/2023 - 9:50:13 AM
**Resolución (ANSES) 216/23 (BO 17/11/23)**
La ANSES dispuso que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241, correspondiente al mes de diciembre de 2023, es de 20,87%.
Por el artículo 1° de la Ley N° 27.609 se sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, y se estableció una nueva fórmula para el cálculo de la movilidad; correspondiendo a esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) elaborar y aprobar el índice trimestral y realizar su posterior publicación.