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Promoción de la Inversión

19/Sep/2022 - 9:05:18 AM

Promoción de la Industria Automotriz - Autopartista

**Ley 27.686 (BO 19/09/22)**
El Congreso de la Nación aprobó el Régimen de Promoción de la Industria Automotriz-Autopartista y su Cadena de Valor, que tiene por fin entre otros la promoción de las inversiones en el sector automotriz y La generación de puestos de trabajo de calidad.

Beneficios Impositivos:
1-Devolución de los créditos fiscales originados en las inversiones efectuadas al amparo del Programa: En estos casos el plazo al que hace referencia el primer párrafo del primer artículo sin número incorporado a continuación del artículo 24 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, se reducirá a tres (3) períodos fiscales.
2- Amortización acelerada en ganancias: Dichas amortizaciones serán practicadas a partir del período fiscal de afectación del bien, de acuerdo con las normas previstas en los artículos 87 y 88 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Los bienes muebles alcanzados por el beneficio podrán ser amortizados en 3 cuotas anuales, iguales y consecutivas desde el período fiscal de su afectación, inclusive. En el caso de las obras de infraestructura, como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil reducida al cincuenta por ciento (50%) de la estimada.

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