Seguridad Social
06/Sep/2022 - 11:57:12 AM
**Decreto (PEN) 577/22 (BO 06/09/22)**
EL Gobierno Nacional dispuso una eximición del 75% del pago de las contribuciones patronales, que se destinen al SIPA, a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud, para determinadas actividades.
También se estableció para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° de septiembre de 2022 y el 28 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive, que las alícuotas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias serán del3,38 ‰ y del 6,76 ‰, para los créditos y débitos en cuenta corriente y para las restantes operaciones referidas en el primer párrafo del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 380 del 29 de marzo de 2001 y sus modificatorios, respectivamente, cuando se trate de empleadores y correspondientes a ciertos establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.