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Impuestos Nacionales

31/Mar/2020 - 9:22:56 AM

Ganancias - Precios de Transferencia -DDJJ Informativa

**Resolución General (AFIP) 4689/2020 (BO 31/03/20)**
La AFIP dispuso que La información que deba suministrarse en virtud de las disposiciones de la Resolución General N° 1.122, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de setiembre de 2019, ambos inclusive, se presentará -con carácter de excepción- entre los días 18 y 22 de mayo de 2020, ambos inclusive, en sustitución de las fechas previstas en el artículo 18 de dicha norma.

Prorroga anterior: mediante la Resolución General N° 4.680 se sustituyó el artículo 1° de la Resolución General N° 4.538, estableciendo que la información que debía suministrarse en orden a las disposiciones de la Resolución General N° 1.122, sus modificatorias y complementarias, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 31 de julio de 2019, ambos inclusive, debía ser presentada entre los días 20 y 24 de abril de 2020, ambos inclusive.

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