Provincia de Buenos Aires
13/Mar/2020 - 8:49:47 AM
**Resolución Normativa 10/20**
La Agencia de Recaudación modifico la RN N° 55/18, que dispone los procedimientos que deben observar los interesados a fin de solicitar al organismo la realización de compensaciones, con relación a los Impuestos Inmobiliario -Básico y Complementario- y a los Automotores; a los fines de incrementar los importes para efectuar las compensaciones automáticas.
-Se modifica el artículo 9° de la Resolución mencionada el cual dispone que la Agencia de Recaudación compensará o imputará, automáticamente y de oficio, los saldos a favor de los contribuyentes o responsables provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y a los Automotores -ya sea que se trate de vehículos automotores o de embarcaciones deportivas o de recreación-, que resulten iguales o inferiores a la suma de pesos cuatro mil ($4.000) por cada cuota involucrada; como así también los saldos a favor de los contribuyentes o responsables provenientes del Impuesto Inmobiliario Complementario, que resulten iguales o inferiores a la suma de pesos ocho mil ($8.000) por cada cuota involucrada;
- Atento el tiempo transcurrido desde el dictado de la Resolución Normativa N° 55/18 y los cambios operados durante el mismo en el contexto económico, se acutualizan los importes mencionados, en la suma de pesos diez mil ($10.000);