Impuestos Nacionales
04/Oct/2017 - 9:29:26 AM
**Resolución General (AFIP) 4139/17 (BO 04/10/17)**
AFIP estableció el procedimiento aplicable a las medidas cautelares que se hubieren trabado en los juicios de ejecución fiscal de contenido impositivo y previsional, correspondientes a los Contribuyentes cuya actividad principal se desarrolle en las localidades de Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Corrientes, Jujuy, La Pampa, Misiones, Salta, Santa Fe, Tucumán y Río Negro declaradas como "Zona de desastre y emergencia"
La RG 4118 estableció un plazo especial para la presentación de declaraciones juradas y, en su caso, pago de las obligaciones impositivas -excepto retenciones y percepciones- y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a cargo de los sujetos cuya actividad se desarrolle en determinados partidos, departamentos, localidades y/o parajes del territorio nacional. Asimismo, la mencionada resolución general previó la suspensión de la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos.