CABA -Alquileres con Destino Vivienda
25/Ago/2017 - 8:51:56 AM
** Modifica. Ley 2340 **
En las locaciones de inmuebles con destino habitacional, a los corredores inmobiliarios les queda expresamente prohibido requerir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios".Y agrega que "en los casos de locaciones de inmuebles con destino habitacional, el monto máximo de la comisión a cobrar será el equivalente al 4,15 por ciento del valor total del respectivo contrato, a cargo del locador".-
Asimismo, la nueva reglamentación impide que las inmobiliarias cobren a los inquilinos por los gastos de gestoría ni de administración que estuvieran implicados en la negociación, como la certificación de firmas del garante y el sellado.-