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Municipalidad de Córdoba

23/Jun/2017 - 9:12:33 AM

Comercio e Industria - Empadronamiento

**Resolución General (SIP) 288/17**

La Subsecretaria de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Córdoba dispuso la obligatoriedad de los contribuyentes de la Contribuciones que incide sobre la actividad Comercial, Industrial y de Servicios que realicen ventas por cuenta y orden de terceros, los comisionistas y consignatarios, a realizar en carácter de declaración jurada el empadronamiento correspondiente a la actividad desarrollada declarando la identidad de la persona por cuenta y orden de quien vende.


La medida se toma a los fines de un mayor contralor de la actividad toda vez que el art 317 ter del CTM dispone que las personas que realicen ventas por cuenta y orden de terceros, los comisionistas y consignatarios deben actuar como agentes de recaudación de ese tributo en ocasión de rendir el líquido producto y sobre el monto total de la venta.


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