Exteriorización Voluntaria de Bienes
23/Mar/2017 - 8:29:01 AM
**Resolución General (AFIP) 4016/2017 (BO 23/03/17)**
AFIP otorgó un plazo adicional, a los contribuyentes que hayan adherido sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, para completar la presentación de la documentación pertinente, en la medida en que se haya cumplido en tiempo y forma con la obligación material de oblar el impuesto especial respectivo o haber optado por alguna de las alternativas disponibles.
El Decreto N° 139 del 3 de marzo de 2017 modificó la fecha prevista en el apartado 2 del inciso a) del Artículo 42 de la Ley N° 27.260 y su modificatorio, a efectos de permitir que los títulos públicos emitidos puedan ser adquiridos por los contribuyentes interesados en sustitución del ingreso del impuesto especial determinado, y en caso de estimarse necesario ampliar su emisión. A tal efecto, la Resolución N° 26-E del 9 de marzo de 2017 del Ministerio de Finanzas aprobó el procedimiento operativo para la suscripción y liquidación de los títulos públicos en cuestión.
Como consecuencia del dictado de las citadas normas reglamentarias diversas entidades que nuclean a los contribuyentes y responsables y a los profesionales dedicados a las materias fiscales, así como las representaciones de los martilleros públicos que deben presentar las respectivas tasaciones, han planteado a esta Administración Federal la necesidad de contar con algún plazo adicional para completar los aspectos formales atinentes a la adhesión.