Novedades


Municipalidad de Córdoba

20/Feb/2017 - 9:20:54 AM

Comercio e Industria - Profesionales

**Resolución general 12/16**

La Dirección de Recursos Tributarios de la Municipalidad de Córdoba dispuso que todos los profesionales que se encuentre inscriptos como contribuyentes de la contribución que Incide sobre la Actividad Comercial Industrial y de Servicios por el ejercicio liberal e individual de su profesión y que no se encuentre organizados en forma de sociedad, serán dados de baja como contribuyentes activos.


El art 301 del Código Tributario de la Municipalidad de Córdoba ORDENANZA Nº 12.140 y modificatorias – dispone que estarán exentos del presente tributo los ingresos provenientes de: 3) Las actividades de graduados en profesiones liberales con títulos expedidos por Autoridad Universitaria, en el ejercicio individual de su profesión, estarán exentos de pleno derecho. En ningún caso gozarán de esta exención, los profesionales que ejerzan su actividad organizados en forma de sociedad regulada por ley.


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