Municipalidad de Córdoba
20/Oct/2016 - 8:17:50 AM
**Resolución General (DGRT) 32/16**
La Dirección General de Recursos Tributarios de la Municipalidad de Córdoba dispuso la obligatoriedad para los contribuciones tipo 2 de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios de constituir, además del domicilio tributario físico, un domicilio tributario electrónica.
Dicho domicilio se puede constituir a través de la página de la municipalidad de Córdoba www.cordoba.gob.ar