Provincia de Córdoba
22/Sep/2016 - 9:45:29 AM
**Resolución Normativa N° 31/16 (BO 02/09/16)**
La Dirección de Rentas de la Provincia dispuso que podrán notificarse mediante comunicaciones informáticas con firma facsimilar en el Domicilio Fiscal Electrónico, a las notificaciones de actos emitidos en el marco de un proceso de “Fiscalización Electrónica”.
En cuanto a la autodeterminación del impuesto de sellos se dispuso conceder a aquellos contribuyentes que no posean clave, la opción para confeccionar a través del portal de Rentas Web la autoliquidación - declaración jurada y el pago del Impuesto de Sellos correspondiente a los contratos de locación y sublocación de bienes inmuebles, incluidos los contratos con opción a compra, cuya base imponible para el Impuesto de Sellos no supere el doble del importe anual establecido, para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el primer párrafo del Artículo 15 de la Ley Impositiva Anual o el que lo sustituya en el futuro.